Produce, Anchoveta y Corrupción

jueves, 23 de septiembre de 2010




Juan Francisco Rojas

La regulación es clave cuando se trata de organizar con incentivos las actividades económicas. Lo es más, cuando se trata de aquella calificada como “la más riesgosa del mundo” y a la vez, la más generosa y noble con la economía, y con los peruanos que viven de ella: la pesca de anchoveta.

La extracción de un recurso como la anchoveta requiere asegurar la reproducción de la especie y su permanencia en el tiempo, cuidando los especímenes juveniles y las hembras de la especie. Se trata de que tengan la oportunidad y tiempo para completar un adecuado tamaño antes de ser extraídas. Precisamente, el Estado, a través del Produce, es la autoridad que fija los períodos de veda - prohibición de pesca - en función a la información técnica que procesa en el Sector.

En esta conciliación de intereses, la actividad económica tiene ciclos claramente definidos por la regulación: en algunos meses del año la extracción de anchoveta está permitida y en otros se encuentra prohibida para la conservación del recurso.

El sentido común señala que una vez abierta la temporada de pesca, las embarcaciones se hacen a la mar en busca del recurso y no debieran infringen ninguna ley cuando lo capturan dentro de dicho período. Sin embargo, la regulación tiene un resquicio: “si la pesca levanta un porcentaje de especies de tallas menores o juveniles, el agente recibe una severa sanción administrativa”.

¿Tienen los instrumentos de las embarcaciones la posibilidad de identificar la presencia de tallas menores o juveniles antes de la faena? ¿Tienen los capitanes la posibilidad de discriminar la edad y talla de la anchoveta? La tecnología actual no permite esta detección. Los sonares más modernos, y de uso estándar, se limitan a mostrar los cardúmenes concentrados y en movimiento. Nunca se está frente a una pesca estática o quieta; el recurso está en constante movimiento y de allí la dificultad para su captura. La posibilidad de identificar tallas menores o juveniles en una faena de pesca es imposible. Por ello, resulta un sin sentido que se sancione a los agentes cuando en el proceso de verificación de la pesca, ya en las plantas de desembarco, se detecta la presencia de un porcentaje de anchovetas de tallas menores o juveniles.

En otras palabras, cuando la autoridad – luego de los estudios científicos suficientes – determina que los barcos pueden salir a faenas de pesca de anchoveta, es porque el recurso está en condiciones de ser pescado, sin afectar su ciclo reproductivo. Pretender que los agentes sean sancionados cuando ejecutan la actividad para la cual han sido autorizados, como consecuencia de la presencia de un porcentaje del recurso de talla menor o juveniles en la pesca, que no pueden evitar, es un despropósito.

¿Cuál es el efecto de esta regulación deficiente? Los barcos tienen fuertes incentivos para echar al mar la pesca cuando avizoran una sanción, creando contaminación y depredando. También tienen fuertes incentivos para corromper los controles y, todo parece indicar, que los controladores tienen grandes aptitudes para ser corrompidos. La cantidad de dinero en juego cuando se coloca una sanción a un barco mediano bordea los veinte mil dólares por faena.

¿A dónde va el recurso de la sanción? A financiar el presupuesto de Produce. Una vez más el Estado peruano financia ilegalmente su operación con las sanciones. Por ello, la regulación y las sanciones carecen de racionalidad, y Produce se resiste a brindar información sobre los montos recaudados. El nuevo ministro debe actuar, pues si no, la corrupción avanza.  

 










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