Juan Francisco Rojas
La publicidad es un instrumento poderoso. Transmite información para el consumo; grafica la realidad social de un país; construye valores; y crea una visión respecto de las bondades del sistema económico. La correcta utilización de la publicidad es una exigencia que nos atañe a todos, pues nuestra sensibilidad también se ve afectada cuando la publicidad se utiliza sin ética y sin respeto por el consumidor.
La publicidad de “recargas de minutos” para teléfonos pre-pago ha demostrado ser la más agresiva y la menos ajustada a estándares éticos, llegando a realizar -sin lugar a dudas- las infracciones más groseras a la legislación sobre la materia. Los teléfonos pre-pago son aquellos que utiliza la población de escasos recursos. Sin embargo, es ahí donde se permiten complacientemente los fraudes más escandalosos: la “recarga de minutos” se agota si es que no se consume en el tiempo perentorio de (7) siete o (10) días; el costo de la tarifa para el consumo de estos minutos de promoción es dos, tres, cuatro o cinco veces mayor a la tarifa usual del cliente; el récord de consumo de minutos es realizado sin mayor supervisión o control; las restricciones sólo se pueden conocer leyendo la letra pequeña (oculta) o cuando ya se ha adquirido la tarjeta; y el clásico “quéjese donde quiera”.
En el colmo de lo pintoresco, cuando un usuario reclama por lo que considera, por ejemplo, una errónea medida de su consumo en minutos telefónicos, el regulador OSIPTEL acude a la compañía regulada y ésta responde: “nuestros equipos reportan ese consumo, por lo tanto, es correcto”. Ni siquiera al muestreo, el regulador efectúa una verificación de los sistemas de control de consumo de las compañías telefónicas.
¿Hasta cuando seguir afectando a los ciudadanos de esta manera? ¿Cuánto dinero ilegal obtienen las compañías con estas campañas publicitarias “promocionales”? El INDECOPI no se da por aludido. Guarda silencio en todos los idiomas. Pareciera que el interés de esta institución está en manos de las empresas de telecomunicaciones. Incluso, para iniciar un procedimiento sancionador, son los propios ciudadanos los que tiene que exigir en medios de comunicación la actividad del supervisor de la publicidad, pues la actuación de oficio es algo que no va con las directivas de su actual presidente, que prefiere sus comodidades a la defensa de los consumidores.
El sentimiento de frustración de los usuarios se traslada al sistema económico: ¿Cómo confiar en una economía de mercado donde las empresas de servicios esenciales hacen lo que quieren con el usuario y las autoridades no son capaces de corregir el comportamiento ilícito? Las multas que rara vez se terminan colocando, no solucionan el problema, pues las ganancias obtenidas por el engaño son mayores y los agentes económicos lo saben muy bien.
El control previo de la publicidad en materia de servicios telefónicos es una buena medida. Ninguna publicidad en este ámbito debiera difundirse sin una previa autorización por parte de autoridad. Los que no saben usar la libertad, no la merecen.
La especialidad del mercado justifica una medida de control de este tipo. Además, el que se haya apostado de manera general por el control posterior en publicidad, en nada impide que se desarrolle el control previo en determinados mercados que así lo necesitan.
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RSSBruno, es muy bueno tu blog.Me estoy leyendo cada posteo,
saludos.
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