Germán Alarco Tosoni
Investigador CENTRUM Católica
Lamentablemente todos los peruanos estamos sufriendo a propósito de un nuevo virus importado. Afecta nuestros bolsillos en forma directa, impide el crecimiento del mercado interno, el desarrollo de la productividad por el efecto aprendizaje y el bienestar. Se trata de la “ley de un solo precio”. Mediante ésta práctica las empresas privadas establecen los precios locales tomando los precios internacionales de los mismos bienes por el tipo de cambio (soles por dólar americano). En el Perú comenzó a aplicarse en los combustibles, luego en la energía eléctrica, azúcar y ahora en los bienes de consumo en general. El criterio avanza peligrosamente a terrenos inusuales, como los precios de los terrenos, de la vivienda y hasta servicios como los cines. Es una enfermedad progresiva y corrosiva del ingreso real.
Este síndrome no es de origen natural, ya que fue creado en el Fondo Monetario Internacional (FMI), especialmente para los países exportadores de petróleo. La instrucción consistía en que internamente debían establecerse precios similares a los que se cobran en el exterior. Con esta política no se introducirían distorsiones, ya que se evita “subsidiar” a los consumidores domésticos. El fundamento utilizado fue aplicar el criterio del costo de oportunidad: cobrar aquí lo que se puede exigir afuera. Al final, acorde con los objetivos del FMI, se mejora la situación de las finanzas públicas, pero se tienen precios internos más elevados, reduciendo el poder de compra de la población.
Los precios domésticos deben determinarse de conformidad a las condiciones de producción y demanda. Por el lado de la oferta deben contribuir los reducidos sueldos y salarios, por debajo de los estándares internacionales y los menores costos de los bienes importados por el abaratamiento del tipo de cambio real y los aranceles, a pesar de que los costos financieros en el país son mayores a los internacionales. Por el lado de la demanda, los precios deben reflejar los niveles de ingreso propios de economías del tercer mundo, no del primer mundo. La aplicación de la ley de un solo precio es una práctica que encubre márgenes de ganancia más elevados.
Esta “Ley” es inequitativa, ya que convive en Perú con remuneraciones reducidas y empleo precario. Su replicación extendida afecta la demanda interna, al redistribuir ingreso de asalariados a los propietarios. Su fundamento teórico es débil y soslaya las ventajas comparativas del país. Es una práctica no competitiva que debemos enfrentar desde las asociaciones de consumidores e INDECOPI (En: La Primera, 21/5/2010, p.10).
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